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UGT, tras varios meses de negociación, alcanzamos un Acuerdo con la AEB, que nos permite recuperar la Cláusula de Revisión del IPC y ¼ de paga más, trasladando al ámbito de la empresa el desarrollo de los Ciberderechos y de la Libranza de Sábados
El Acuerdo que ha sido firmado por UGT, CCOO y CGT, sumando el 92,81 % de la representación sindical, pudiera parecer insuficiente por cuanto que no satisface todas nuestras expectativas, pero no ha supuesto ninguna concesión a la AEB en sus pretensiones de ampliación del radio de la movilidad geográfica y conlleva importantes avances en materia salarial, siendo lo más destacable la imposición por parte de UGT de la recuperación de la Cláusula de Revisión del IPC (con atrasos) como condición para la firma del Convenio.
Los contenidos más relevantes del Acuerdo firmado son los siguientes:
Vigencia.- Cuatro Años: 2007-2010.
Incrementos Salariales.- 2,75% en 2007 con cláusula de actualización si el IPC es superior al incremento pactado y 2% para el resto (2008, 2009 y 2010) con cláusula de revisión del IPC, con cobro de atrasos desde el 1 de enero de cada año.
¼ de Paga de más de Productividad.- Que se cobrará en el mes de Agosto. No pensionable a los efectos de los complementos de pensiones del Convenio.
Introducción del Salario en Especie.- Siempre voluntariamente y para ofertas que la empresa realice a la totalidad de la plantilla para equipos informáticos, seguros médicos y/o guarderías.
Incorporación de la Ley de Igualdad.- Destacando las siguientes mejoras:
Se amplían de dos a cinco los días de licencia por el fallecimiento de hijo.
Se podrán solicitar permisos sin sueldo para la adopción en el extranjero y tratamientos de reproducción asistida.
No será objeto de traslado o cambio de puesto de trabajo fuera del municipio, la mujer embarazada, en periodo de lactancia o que venga disfrutando de una reducción de jornada.
Los bancos con más de 250 trabajadores tendrán que negociar planes de igualdad.
Préstamos Vivienda.- Se mejoran los importes, las dotaciones, los plazos y el interés:
Tipo de interés.- Euribor + 0,15 (anteriormente Euribor + 0,25).
Importe máximo.- 100.000 (antes era de 75.000 ).
Plazo de amortización.- Para los nuevos créditos el plazo será hasta 20 años, con el límite de 65años de edad (el plazo anterior estaba en un máximo de 15 años).
La aportación anual por empleado pasa a 450 , de los 350 anteriores.
Ayuda Alimentaría.- se fija en 9 al día, desde la entrada en vigor del Convenio.
Viudedad.- Mejora del complemento de viudedad, a través de una póliza de seguro de 6.000 para los trabajadores en activo y a favor del último cónyuge, que no será compensable con ningún seguro similar existente en los bancos.
Asimilación Salarial.- Para aquellos trabajadores procedentes del grupo de servicios generales (ayudantes de banca, peones de oficios varios, telefonistas, etc.) se asimilarán salarialmente a Nivel VIII cuando cumplan 20 años de antigüedad en la escala administrativa y una antigüedad en la empresa de 33 años en 2007, 32 años en 2008, 31 años en 2009 y 30 años en 2010. El tiempo de pertenencia al Grupo de Técnicos contará para el ascenso por antigüedad a los seis años a los niveles 9 y 10, para aquellos trabajadores que vuelvan al Grupo de Administrativos, con objeto de favorecer a los trabajadores contratados en prácticas durante dos años, que tienen que ser contratados como técnicos y que al pasar a fijos los hacen como administrativos.
Ciberderechos.- En este apartado se han recogido los planteamientos de UGT, entendiendo que se trata de un derecho que ha de ser respetado y desarrollado en la negociación articulada en la empresa, donde se establecerán los mecanismos necesarios para su ejercicio ordenado
Libranza de Sábados
Esta negociación del Convenio ha dejado claro que la regulación de la Libranza de Sábados ha de ser desarrollada en Acuerdos de Empresa, a los que los grandes grupos ya han llegado y, por consiguiente, carece de sentido abordar en el Sector ese tema.
25 de Junio de 2007
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